Rescinde tu contrato de alquiler. -
Publicado por en

Rescinde tu contrato de alquiler.

En los últimos seis meses hemos visto como los lanzamientos relacionados con el impago del alquiler han ido aumentando en Cataluña. Son muchas las personas que, por múltiples razones, se ven en la difícil situación de no poder hacer frente a las cuotas que se le solicitan en concepto de arrendamiento.

En el caso de que te veas en tal compleja encrucijada, y antes de llegar a tal situación, debes plantearte rescindir tu contrato. Por esta razón, desde Fincas Padua, vamos a comentarte todo lo que debes saber en este sentido.


Lo primero que debes hacer es buscar el contrato de arrendamiento que firmaste en su día. Seguramente en él se reflejan un conjunto de cláusulas relativas al cese de la relación contractual. Como bien sabrás, existen un conjunto de casos en los cuales se puede rescindir el contrato de alquiler tanto por parte del arrendador como del arrendatario. Si bien es cierto, que, en el caso del arrendatario, pueden llevar asociadas una serie de penalizaciones por no haber cumplido los plazos pactados de manera inicial.


Tal y como viene estipulado en la propia Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), transcurridos los primeros seis meses del contrato, el inquilino puede abandonar la vivienda y terminar el arrendamiento cuando lo desee. Para ello, será necesario avisar con 30 días de antelación al propietario. En este punto, debes saber que, si ha quedado estipulado en tu contrato, deberás indemnizar al propietario con la cuantía que se hubiese pactado el día de la firma y esté recogida en el documento que lo valida.

Si no se especificara esta situación en tu contrato, pasado los seis meses y previo aviso de tu intención de no continuar con el arrendamiento, no tendrás que abonar ninguna cuantía adicional. No obstante, es poco habitual que los arrendadores no recojan esta posibilidad en alguno de los epígrafes.

Según nuestra experiencia, llegados a este punto, lo mejor que puedes hacer es mantener una conversión con el propietario y exponerle las razones por la que vas a dejar su inmueble. Seguramente, podáis llegar a algún acuerdo que os beneficie a ambos.


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *